| Convenio de cooperación con la Subsecretaría de Transporte de la Nación |
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SEDRONAR ha firmado un Convenio de cooperación con la Subsecretaria de Transporte de la Nación a los fines de agilizar el procedimiento administrativo de inscripción, reinscripción y trámites como transportistas, de aquellas empresas u operadores que se registren bajo esta actividad ante el Registro Nacional de Precursores Químicos, de conformidad con lo establecido por el articulo 3º de la Ley 26.045, la SEDRONAR. Atento a ello la Subsecretaría aludida ha brindado a la SEDRONAR la posibilidad de acceder a la Base de Datos del R.U.T.A. (Registro Único del Transporte Automotor) con el objeto de conocer los datos de empresas y vehículos registrados ante dicho Registro Único. Por lo expuesto toda vez que un transportista requiera su inscripción ante el Renpre sólo deberá informar, además de los otros requisitos de figuración en el Manual de Procedimientos, los números de dominios de los vehículos a registrar y el tipo de vehículo (tractor o remolque). Se agrega la Resolución SEDRONAR 552/11 por la cual se deja sin efecto la obligación de presentar los títulos de propiedad de automotores, cédula de identificación de los mismos (cédulas verde) y constancias de inscripción o reválida ante el R.U.T.A., al momento de realizar trámites como transportistas en el Registro Nacional de Precursores Químicos A los fines del conocimiento, tanto el Convenio de cooperación como la Resolución SEDRONAR aludida, pueden consultarse en este sitio Web. SEDRONAR continúa con los esfuerzos de integración con otros organismos del Estado nacional, con el fin de agilizar los trámites que por normas legales le competen al Registro Nacional de Precursores Químicos y, agradece a los organismos o entidades que facilitan la posibilidad de concretar este objetivo, en particular, para beneficio del administrado. [Resolución Nº334/11 - aprobación del convenio] [Resolución Nº552/11 - Modificación requisitos del Manual de Procedimientos en virtud de lo establecido en la Resolución SE.DRO.NAR. Nº 334/11] |















